El
dominio territorial es aquel domino que ejerce el Estado en uso de su
soberanía, sobre el espacio físico sobre el cual se encuentra establecido,
delimitado por las fronteras políticas y comprende el suelo, el subsuelo, el
mar, y el subsuelo marítimo, el espacio aéreo hasta el infinito, sobre los
cuales el Estado ejerce sus atributos para la realización de sus fines
esenciales.
Aspectos Históricos
La
Gran Colombia: El territorio de la República quedó dividido en Departamentos,
Provincias, Cantones y Parroquias, gobernados por Intendentes, Gobernadores y
Alcaldes, respectivamente.
La
Disolución de la Gran Colombia: La República de Colombia o Gran
Colombia, creada por el congreso de Angosturas y organizada constitucionalmente
por el Congreso de Cúcuta, tuvo una existencia breve, se disolvió en el año de
1826.
En el
año de 1830 se establece nuestra primera Constitución luego de la separación
dela Gran Colombia, donde se establece un gobierno centro-federal, para tratar
de buscar un punto de equilibrio entre las exigencias de los centralistas
bolivarianos y los federalistas. El periodo constitucional se estableció en
cuatro años y el presidente no podía ser reelecto para el período inmediato.
La
separación de la Gran Colombia representa el inicio de los problemas
limítrofes que Venezuela presenta hasta la actualidad, un conjunto de
decisiones erradas que tuvieran como consecuencia la perdida de miles de Kilómetros
de Territorio Venezolano.
La
frontera con Colombia, se extiende en una longitud aproximada de 2.050 Km.,
partiendo desde Castilletes, en la península de la Guajira, hasta un poste
colocado en la margen izquierda del río Guainia-Negro, frente ala isla de San
José, cerca de la Piedra del Cocuy.
Al
Constituirse Venezuela como República Independiente trató de precisar sus
límites con Colombia y para tales efectos, en 1833, se nombró como
representantes plenipotenciarios a Santos Michelena, comisionado por Venezuela
y a Lino de Pombo por Colombia, para la fijación de las fronteras así como
también la repartición de la deuda pública de la antigua Colombia entre los
países que la integraban. Estos comisionados presentaron un acuerdo de
amnistía, alianza, comercio, navegación y límites que fue aceptado por Colombia
y rechazado por las Cámaras Legislativas Venezolanas en 1835, y definitivamente
en 1840, dejándose sin resolver el problema de límites hasta la promulgación
del Laudo Arbitral de Madrid en 1891
Este
rechazo del Tratado Pombo-Michelena se debió a 26 objeciones de las Cámaras,
entre las cuales cabe señalar:
- Por la
pérdida para Venezuela de 62 millas de costa desde Chichivacoa al Cabo de la
Vela, hasta donde indudablemente se extendía la jurisdicción marítima de
Venezuela en 1810.
- Que en
todo caso el territorio Guajiro podría dividirse en partes iguales, iniciando
los límites desde punta de Gallina.
- El
territorio de San Faustino, situado en la parte oriental de los ríos Táchira y
Pamplonita, perteneciente a la Capitanía General de Venezuela se entregaba en
Colombia
El 4
de mayo de 1840, el Tratado Pombo-Michelena es definitivamente rechazado.
El
Tratado Pombo-Michelena históricamente ha sido el más favorable para Venezuela,
ya que por medio de dicho tratado Colombia no pretendió extender sus fronteras
hasta el Orinoco, lo que significó para Venezuela que por la firma de nuevos
tratados perdiera un territorio de 2.000 leguas cuadradas, mas el inconveniente
de que un país extranjero compartiera con la Nación el derecho a navegación por
tan importante río. Además en la Guajira los límites fueron modificados en
forma mas desventajosa para Venezuela.
Además
del Tratado Pombo-Michelena se plantearon otros tratados y negociaciones entre
ambas Repúblicas con el fin de fijar una línea fronteriza que satisficiera las
exigencias de las dos naciones entre los cuales se pueden nombrar el de Fermín
Toro Acosta; el Guzman -Murillo Toro, y así hasta que ambos países deciden
someter sus diferencias limítrofes al arbitraje internacional.
Dominio Marítimo
Se
entiende, que son todos aquellos principios y normas que regulan los espacios
marinos y las relaciones entre los sujetos de Derecho Internacional en la
utilización del océano mundial, de su fondo y su subsuelo con fines diferentes.
Los espacios marítimos reconocidos actualmente
por el Derecho Internacional del Mar, obedecen a las condiciones establecidas
en las cuatro Convenciones de Ginebra de 1958, y versan sobre: Mar Territorial
y zona contigua, Plataforma Continental, Alta Mar y Pesca y Conservación de los
recursos vivos de la Alta Mar; y el Tratado del Derecho del Mar de 1982.
Los espacios marítimos son:
Mar
territorial, que es el Mar que se encuentra dentro de los límites marítimos
establecidos y que se extiende hasta doce millas Mar Adentro.
La
Zona Contigua, extensión de superficie marítima inmediata al Mar Territorial, en la
cual el Estado ejerce su soberanía. Dicha extensión no debe exceder de 24
millas.
Zona Económica (Mar
patrimonial), es aquella zona que extiende los derechos del país sobre el mismo
hasta un límite de 200 millas o (370 kilómetros) de la costa.
Altamar
o Mar libre, está constituido por la zona marítima donde ningún país ejerce su soberanía,
es llamado también Mar Libre.
Plataforma
Continental, es aquella que se extiende hasta mucho más allá que lo establecido para
el Mar territorial, se extiende hasta donde sean explotables los fondos
marinos, y dicha extensión no está delimitada aún, puesto que, por ejemplo, en
el caso de las perforaciones petroleras, su explotación cada vez se realiza en
profundidades mayores.
Aguas
Inferiores, son aquellas aguas marinas o no continentales que tienen su límite
interioren tierra firme y su límite exterior en el Mar Territorial, en otras
palabras, las aguasinteriores son aquellas aguas por medio de las cuales el
acceso a la tierra es fácil. Laextensión de territorio que afecta las aguas
interiores es la misma donde se encuentran losPuertos, las Bahías, los
Estuarios, Los Lagos y los Ríos navegables.
Espacio Aéreo Venezolano
El
espacio aéreo Venezolano se define como el área o la masa de aire que existe
desde la tierra hasta el infinito, delimitado por las coordenadas geográficas
que constituyen los límites del territorio Venezolano y por donde transita
cualquier tipo de Aeronave, Nacional o Extranjera.
Masa
gaseosa que se extiende de forma perpendicular sobre el territorio terrestre y acuático
del Estado.
El espacio aéreo y su reglamentación
internacional
Del 18
de Mayo al 29 de Junio de 1910 se efectuó en parís una conferencia diplomática
con el propósito de codificar todas las disposiciones pertinentes en materia de
aeronavegación.
A
partir de dicha fecha, el parlamento teórico del problema del espacio aéreo se
concreta a las siguientes puntos:
La
libertad del aire. Esta fue la consagración del principio por cual fue acogido
por el Instituto de Derecho Internacional en su reunión en Madrid en 1911, bajo
el crecento de que "la circulación aérea es libre".
En octubre
de 1919 los aliados prepararon una conferencia que celebró en Paris, a la cual
concurrieron 27 estados. Estos establecieron según el articulo 1 del convenio,
"Las altas partes contratantes reconocen que cada potencia posee la
soberanía completa y exclusiva sobre el espacio aéreo que se halla sobre su
territorio". Lo cual vino a constituir en la prácica una restricción al
principio absoluto de la libertad del espacio aéreo.
El
régimen establecido por el convenio de París se puede sintetizar en la siguiente
forma:
-
Concesiones de derecho de paso.
-
La igualdad de trato, que permitía las prestaciones de facilidad a todos
los Estados contratantes.
-
Explotación del sabotaje a favor de las líneas aéreas de cada Estado
contratante.
-
Concesión de autorización especial a las aeronaves extranjeras de los
Estados contratantes.
-
Creación de una comisión internacional de navegación aérea.
-
Por último libertad de acción por parte de cada Estado contratante en
caso de guerra, quedando siempre a salvo los derechos neutrales.
Espacio Cósmico
Se
define como tal, la zona del Universo que se encuentra ubicada más allá de la atmósfera
terrestre. Por ser un espacio que se encuentra fuera de la soberanía que algún
país pueda ejercer, el aprovechamiento de dicho espacio está regulado por la
“Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Jurídicos que deben
regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del
espacio ultraterrestre” aprobada en 1962.
La órbita geoestacionaria: Es una zona
del espacio que se encuentra ubicada a 35.871 kilómetros sobre la línea
ecuatorial de nuestro planeta, que tiene una característica muy particular que
es estar libre de lluvias cósmicas, lo que permite que muchos países usen dicho
espacio para desarrollar sus telecomunicaciones por medio de la colocación de
satélites.